A- de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Jairo Gomez Santamaria·Demandado Consejo Superior De La Judicatura, Sala Disciplinaria Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Corte Suprema de Justicia, Sala Tercera de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal, el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Disciplinaria, el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, Sala Disciplinaria y el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Laboral.
En este caso la controversia se originó porque todas las autoridades involucradas usaron indebidamente las reglas de reparto dispuestas en los Decretos 1382 de 2000 y 1983 de 2017 para abstenerse de conocer la acción de tutela, otorgando con ello un alcance indebido a las disposiciones contenidas en dichos instrumentos jurídicos y contrariando lo establecido reiterada por la Corporación, según lo cual, esas normas están lejos de integrar mandatos procesos en materia de competencia, por cuanto son apenas pautas de reparto y/o asignación de expedientes de tutela.
Se resuelve la controversia ordenando enviar el expediente a la Corte Suprema de Justicia, Sala Tercera de Decisión de Tutelas de la Sala de Casación Penal, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que lo en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 27 de febrero de 2018 proferido por la Sala Tercera de Decision de Tutelas de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Jairo Gomez Santamaria en contra de las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias del Consejo Superior de la Judicatura y del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota D.C.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3286 a la Sala Tercera de Decision de Tutelas de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia que contiene la accion de tutela presentada por el senor Jairo Gomez Santamaria, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala Tercera de Decision de Tutelas de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota D.C. y a la Sala Segunda de Decision de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.